SUBVENCIONES DISPONIBLES

FONDOS NEXT GENERATION EU

ayudas de hasta el

52 %

para el cambio de tus ventanas

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Ya están disponibles las Ayudas de la Comunidad Andaluza para el cambio de ventanas.

Ahora podrás cambiar tus viejas ventanas por otras nuevas altamente eficientes y ahorrarte hasta un 40 % del presupuesto.
Además estas ayudas están exentas de tributar para la Declaración de la Renta.
Podrás obtener hasta un 20 % adicional como DESGRAVACIÓN FISCAL en tu declaración de la renta si con el cambio de ventanas consigues mejorar la demanda energética de tu vivienda (TE INFORMAMOS CÓMO CONSEGUIRLO).

Requisitos para acceder a las ayudas

  • Sustitución de ventanas antiguas por otras de mayor eficiencia energética que alcancen los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.
  • Para titulares o arrendatarios de las viviendas.
  • Subvención del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000 €.
  • El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
  • Nosotros tramitamos todo si usted así lo quiere, o le asesoramos para hacerlo.
  • Sustitución de ventanas casi sin obras.
  • Ventanas de PVC con perfiles KÖMMERLING.

Algunas dudas sobre los fondos next generation

Siempre que la sustitución de ventanas sea para su vivienda habitual o para una destinada al alquiler de vivienda habitual, la respuesta es que sí, estaremos ante la posibilidad de acceder a las ayudas. Existen dos tipologías: la subvención directa y las
deducciones fiscales, las dos son compatibles y dependiendo del alcance y el presupuesto de inversión pueden superar el 50 % del coste total de las ventanas.

Si no es para vivienda habitual, con independencia que sea en propiedad o alquiler, no tiene acceso a ninguna de estas ayudas. Usted puede recibir ayudas para una vivienda que quiera alquilar si para el inquilino sí se trata de vivienda habitual. En otro caso
los FNG no son aplicables.

Este plan de ayudas depende de las CC.AA. La convocatoria de ayudas en forma de subvención a fondo perdido a la que puede acogerse el cambio de ventanas es muy sencilla. Sustituyendo sus ventanas por nuestras ventanas CESVENT fabricadas con sistemas KÖMMERLING, usted tiene derecho a una ayuda de un 40 % de la inversión realizada hasta un máximo de ayuda de 3.000 €.

No todas, son subvencionables la sustitución de ventanas que sus características y prestaciones se puedan adecuar a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire del Código Técnico de la Edificación (CTE Documento
Básico DB HE de Ahorro de energía). El CTE establece para las obras nuevas un requisito en los valores de aislamiento térmico y permeabilidad al aire en función de la zona climática en la que se encuentre la vivienda, los valores térmicos exigidos están en la tabla 3.1.1. Con independencia del término Municipal en el que se encuentre su vivienda habitual, nuestras ventanas superan sin problemas el requisito más exigente de esta tabla 3.1.1 HE 1 del Código Técnico de la Edificación, que es 1,8 W/m2K. Por lo tanto, sustituyendo sus ventanas por nuestras ventanas CESVENT fabricadas con Sistemas KÖMMERLING, tiene acceso a una subvención a fondo perdido del 40 % de la inversión realizada, hasta un máximo de 3.000 € de ayuda.

Se puede acceder a la ayuda cuando la inversión supere los 1.000 €, cumpliendo este requisito puede actuar sobre las ventanas que usted considere.

La tramitación de estas ayudas las puede hacer directamente usted, pero lo recomendable es hacerlo a través de un gestor o agente energético, el coste de este gestor está también sujeto a las ayudas pero en nuestro caso CESVENT no cobrará nada a los clientes que nos confíen la tramitación de su subvención.
Hay una serie de documentación que se tiene que presentar y que consiste en:

  • Formulario específico de solicitud (cada comunidad tiene el suyo).
  • Documento acreditativo de la propiedad o contrato de alquiler en su caso.
  • En el caso de que se realice a través de un gestor o agente, el acuerdo de representación.
  • Certificado de Eficiencia Energética del Edificio anterior y posterior a la actuación. 
  • Descripción de las ventanas y justificación del cumplimiento del CTE.
  • Presupuesto detallado, indicando detalle del IVA, medición, materiales y mano de obra.
  • Declaración responsable.
  • Plano de emplazamiento.
  • Fotografías de las fachadas a color anterior y posterior a la actuación.
  • Empadronamiento.
  • Facturas y justificantes del pago.

(Dependiendo de la CCAA puede pedirse más documentación)
Puede parecer farragoso y complejo, pero desde nuestras tiendas CESVENT nos encargamos de toda la tramitación para que tu no tengas que preocuparte de nada.

Las ayudas están en vigor y se distribuirán por orden de solicitud hasta agotamiento de los fondos previstos. Ahora es el mejor momento para solicitarlas, de momento hay fondos disponibles.

El coste mínimo de la inversión ha de ser igual o superior a 1.000 € por vivienda.

A diferencia de otras subvenciones, los planes sujetos a esta convocatoria no tributan, el importe recibido por estas ayudas está exento de IRPF. Lo único que sí reducen el importe de la inversión en el caso de que también se beneficie de las deducciones fiscales a las que se podría tener derecho por esta actuación.

En este caso, se exige alcanzar una reducción en demanda energética de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7%. Cuando esto se logra, la deducción en el IRPF es de un 20% de la inversión realizada hasta un máximo de 5.000 € (es decir una
reducción en la cuota del IRPF de 1.000 €).

Aunque no se puede afirmar con seguridad, la práctica demuestra que en la gran mayoría de ocasiones este porcentaje se alcanza e incluso puede ser superior. Esto va a depender fundamentalmente del tamaño de las ventanas en relación al resto de la fachada y la calidad de las ventanas actuales. Por ejemplo, instalar nuestras ventanas CESVENT fabricadas con Sistemas KÖMMERLING en viviendas unifamiliares con ventanas de aluminio correderas y vidrios de cámara 6 mm (caso de millones de hogares en España), suele superar el 7% de requisito.

Para ello se hace el Certificado de Eficiencia Energética antes de cambiar la ventana y otro después, ese certificado indica la Demanda Energética que tiene su vivienda en refrigeración y calefacción, si la diferencia entre el que tiene actualmente y el que tendría en el caso del cambio reduce un 7%, la inversión, se puede beneficiar de una deducción en el IRPF.

Serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas.

Dado que para la solicitud de la Ayuda en forma de Subvención del 40% de la inversión necesitará un expediente, este normalmente lo hace un Agente Energético, quien como Técnico Competente hará los Certificados Energéticos anterior y posterior. El coste del CEE estará incluido en los costes de gestión del expediente y, como ya se ha mencionado, este también es subvencionable.

En la aplicación para presentar la Declaración de la Renta, existe un apartado que establece la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. En este apartado se le pedirán los datos de la vivienda objeto de la actuación, fechas de los CEE anterior y posterior, Demanda energética de calefacción y refrigeración anterior y posterior y las cantidades satisfechas de la actuación. La aplicación del programa calculará la deducción a practicar según lo mencionado.

En ese caso, usted no tendrá derecho a la aplicación de la deducción fiscal pero sí seguirá teniendo derecho a la ayuda del 40 % en forma de subvención directa como consecuencia del cambio a una ventana que se adapta al Código Técnico de la Edificación.

Las ayudas recibidas a fondo perdido en el seno de los FNG están exentas y por lo tanto no tributan en el IRPF, sin embargo, su concesión reduce el importe de la inversión sujeta a deducción.

Ejemplo: Un ciudadano ha llevado a cabo una sustitución de ventanas siguiendo los criterios de elementos adecuados al CTE (Programa 4) con una inversión total incluyendo costes de tramitación del expediente de 6.000 € + IVA = 7.260 €, además de esto, por los CEE anterior y posterior realizados por el Técnico Competente, consigue una reducción en demanda de calefacción y refrigeración superior al 7 %.

Cómo tributaría y alcance de las ayudas:
Por el programa 4 de las ayudas de los FNG, tendría derecho a una subvención del 40 % del total de la inversión con un límite de 3.000 €.
Así, de una inversión de 7.260 € recibe ayuda por importe de 2.904. € (límite de ayuda)
Total inversión = 7.260 € – 2.904 € = 4.356 €
Por superar 7 % reducción en Demanda Energética tiene derecho a una deducción del 20 % hasta un límite de 1.000 €.
Deducción = 4.356 x 20 % = 871 €
Coste real = 4.356 € – 871 €= 3.485 €

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